AYUDA SUBVENCIONADA AL 100% PARA GASTOS DE STARTUPS EN GALICIA 2024
Objeto:
Fomentar la actividad de las startups gallegas o con un centro de trabajo en Galicia subvencionando los gastos e inversiones en los que incurran desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de solicitud de ayuda.
Personas beneficiarias:
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las startups gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.
Se considerarán startups, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 3 de la Ley 28/2022, do 21 de diciembre, de fomento do ecosistema das empresas emergentes, toda persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011, do 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, de reciente creación: que no transcurriesen más de cinco años desde a data de inscripción en el Registro Mercantil, o registro de cooperativas competente, da escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales, y que reúna las condiciones especificadas en ese artículo respecto de la innovación y escalabilidad.
Para acceder a estas ayudas, las startups deberán cumplir, además, por lo menos, una de las siguientes condiciones en el momento de solicitar la ayuda:
- Disponer de la certificación de ENISA prevista en la Ley 28/2022.
- Acreditar la cualificación de IEBT (Iniciativa de Empleo de Base Tecnológica de la Xunta de Galicia)
- Haber participado en algún proceso de aceleración en iniciativas con participación pública de la Xunta de Galicia (Viagalicia, BFAero, BFFood, Turislab, Galicia Avanza)
- Acreditar mediante certificado el efecto emitido por el centro de origen el carácter de Spin-off de las universidades, de los Centros de FP o de Centros Tecnológicos.
- Estar inscritas en el Registro de Pymes Innovadoras del Ministerio de Ciencia e Innovación
- Disponer de la certificación EA 0047:2015 o EA 0043:2015 de pyme innovadora o joven empresa innovadora, respectivamente.
- Disponer de la marca IEBT de empresa innovadora de base tecnológica otorgada por la Asociación Nacional de Centros Europeos de Empresas e Innovación (ANCES).
Condiciones y conceptos subvencionables
Podrán ser subvencionables cualquier gasto o inversión en los que incurra la startup desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de solicitud de la ayuda.
Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, deberán ser nuevos, adquiridos en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridos a terceros.
Las inversiones deberán mantenerse en la empresa beneficiaria durante un período mínimo de 3 años a contar desde la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.
Intensidad de la ayuda
Se concederá una ayuda del 100% hasta un máximo de 20.000€ y un mínimo de 10.000€, para los gastos realizados (devengados y pagados) por la startup durante el período subvencionable.
Concurrencia
Las ayudas se tramitarán por concurrencia no competitiva, esto es, por orden de llegada, hasta agotamiento de crédito.
Plazo de Presentación
Desde el 2 de enero de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2024, excepto que antes de esta fecha se produzca el agotamiento del crédito.
Más información en: Últimas Axudas (igape.gal)
Desde Softwhisper podemos hacer una revisión de las condiciones a detalle o adecuación de la ayuda para las inversiones previstas en tu empresa. Para más información y tramitación de la ayuda consúltanos sin compromiso a través del teléfono 881 89 22 53 o del correo electrónico info@softwhisper.es.