SUBVENCIONES PARA APOYAR INICIATIVAS DE EMPRENDIMIENTO PARA 2023 (TR880A)
Objeto
Programa de ayudas para iniciativas de emprendimiento de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, que en la fecha de presentación de solicitud de ayuda no tengan más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de constitución o alta.
Plazo de presentación
La ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva con plazo de solicitud hasta el 17 de agosto de 2023.
Programas
- Programa I. Emprendimiento Plus INVERSIÓN.
- Programa II. Emprendimiento Plus EMPLEO.
Estos dos programas (inversión y empleo) objeto de la convocatoria, son compatibles entre sí, pero para optar al Programa II Emprendimiento Plus Empleo será necesario solicitar la ayuda a la inversión establecida en el Programa I Emprendimiento Plus Inversión.
Para poder optar al Programa I: Inversión no es necesario solicitar el Programa II de Empleo.
PROGRAMA I: PLUS INVERSIÓN
Conceptos subvencionables
Entre otros:
- Equipamiento informático.
- Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera:
- Adquisición de la propiedad o del derecho al uso de programas informáticos, incluida la suscripción a software estándar del mercado durante el período subvencionable.
- Gastos de creación y desarrollo de programas informáticos a medida.
- Páginas web.
- Patentes, licencias y conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
- Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario.
- Reforma y rehabilitación de las instalaciones del local de negocio.
- Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o de bienes de equipo de segunda mano (negocios en traspaso sería el ejemplo de esta inversión).
- Costes indirectos del proyecto, que se fijan en el 3% sobre los costes directos subvencionables.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada:
- Con inversiones de 10.000 € o más hasta un límite de 30.000 €, la cuantía de la ayuda será del 60 % de la inversión.
- Con inversiones de 30.001 € o más hasta un límite de 50.000 €, la cuantía de la ayuda será del 55 % de la inversión.
- Con inversiones de 50.001 € o más hasta un límite de 100.000 €, la cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión.
- Con inversiones de 100.001 € o más hasta un límite de 200.000 €, la cuantía de la ayuda será del 45 % de la inversión.
PROGRAMA II: PLUS EMPLEO
Para que las contrataciones sean subvencionables, deberán ajustarse a los siguientes requisitos:
- a) Que el contrato se realice con una persona desempleada.
- b) Que las contrataciones se realicen dentro del período subvencionable para este programa II de apoyo al empleo, que comprende, en este caso, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024.
Cuantía de los incentivos de contratación
Las ayudas definidas en el artículo anterior tendrán los siguientes incentivos: a) Las contrataciones indefinidas iniciales de personas desempleadas: incentivo de 6.000 €. b) Las contrataciones de fijos discontinuos, para contratos de duración de un mínimo de 9 meses y a jornada completa: incentivo de 6.000 €.
CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LAS SOLICITUDES
- Proyecto de un ayuntamiento rural.
- Proyecto localizado en un ayuntamiento emprendedor.
- Sectores o ámbitos de actividad.
- Contratación de personas desempleadas (mínimo 1 empleo).
- Implantación de medidas de igualdad.
- Pertenencia al sector de la economía social gallega.
- Iniciativa de empleo de Base Tecnológica (IEBT).
- Proyectos Emprendimiento Ámbitos Especialización Inteligente Galicia (RIS3).
Más información en: TR880B – Emprendimiento PLUS. – Sede Electrónica – Xunta de Galicia
En Softwhisper somos proveedores habituales de algunos de estos servicios. Para más información y tramitación de la ayuda consúltanos sin compromiso a través del teléfono 881 89 22 53 o del correo electrónico info@softwhisper.es.