SUBVENCIONES PARA APOYAR INICIATIVAS DE EMPRENDIMIENTO PARA 2023 (TR880A)

Objeto

Programa de ayudas para iniciativas de emprendimiento de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, que en la fecha de presentación de solicitud de ayuda no tengan más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de constitución o alta. 

Plazo de presentación

La ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva con plazo de solicitud hasta el 17 de agosto de 2023.

Programas 

  • Programa I. Emprendimiento Plus INVERSIÓN.
  • Programa II. Emprendimiento Plus EMPLEO.

Estos dos programas (inversión y empleo) objeto de la convocatoria, son compatibles entre sí, pero para optar al Programa II Emprendimiento Plus Empleo será necesario solicitar la ayuda a la inversión establecida en el Programa I Emprendimiento Plus Inversión. 

Para poder optar al Programa I: Inversión no es necesario solicitar el Programa II de Empleo.

PROGRAMA I: PLUS INVERSIÓN 

Conceptos subvencionables

Entre otros: 

  • Equipamiento informático.
  • Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera: 
    • Adquisición de la propiedad o del derecho al uso de programas informáticos, incluida la suscripción a software estándar del mercado durante el período subvencionable. 
    • Gastos de creación y desarrollo de programas informáticos a medida.
    • Páginas web.
    • Patentes, licencias y conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
  • Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario. 
  • Reforma y rehabilitación de las instalaciones del local de negocio.
  • Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o de bienes de equipo de segunda mano (negocios en traspaso sería el ejemplo de esta inversión).
  • Costes indirectos del proyecto, que se fijan en el 3% sobre los costes directos subvencionables.

Cuantía de la ayuda 

La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada:

  • Con inversiones de 10.000 € o más hasta un límite de 30.000 €, la cuantía de la ayuda será del 60 % de la inversión. 
  • Con inversiones de 30.001 € o más hasta un límite de 50.000 €, la cuantía de la ayuda será del 55 % de la inversión.
  • Con inversiones de 50.001 € o más hasta un límite de 100.000 €, la cuantía de la ayuda será del 50 % de la inversión. 
  • Con inversiones de 100.001 € o más hasta un límite de 200.000 €, la cuantía de la ayuda será del 45 % de la inversión.

PROGRAMA II: PLUS EMPLEO 

Para que las contrataciones sean subvencionables, deberán ajustarse a los siguientes requisitos:

  1. a) Que el contrato se realice con una persona desempleada. 
  2. b) Que las contrataciones se realicen dentro del período subvencionable para este programa II de apoyo al empleo, que comprende, en este caso, desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024.

Cuantía de los incentivos de contratación 

Las ayudas definidas en el artículo anterior tendrán los siguientes incentivos: a) Las contrataciones indefinidas iniciales de personas desempleadas: incentivo de 6.000 €. b) Las contrataciones de fijos discontinuos, para contratos de duración de un mínimo de 9 meses y a jornada completa: incentivo de 6.000 €.

CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LAS SOLICITUDES

  • Proyecto de un ayuntamiento rural.
  • Proyecto localizado en un ayuntamiento emprendedor.
  • Sectores o ámbitos de actividad.
  • Contratación de personas desempleadas (mínimo 1 empleo).
  • Implantación de medidas de igualdad.
  • Pertenencia al sector de la economía social gallega.
  • Iniciativa de empleo de Base Tecnológica (IEBT).
  • Proyectos Emprendimiento Ámbitos Especialización Inteligente Galicia (RIS3).

Más información en: TR880B – Emprendimiento PLUS. – Sede Electrónica – Xunta de Galicia

En Softwhisper somos proveedores habituales de algunos de estos servicios. Para más información y tramitación de la ayuda consúltanos sin compromiso a través del teléfono 881 89 22 53 o del correo electrónico info@softwhisper.es.